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La Fundación Politècnica de Cataluña (FPC), con NIF n.º G60664000, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña con el n.º 834, lleva a cabo el diseño, la promoción y la gestión de los estudios de formación permanente de la Universitat Politècnica de Catalunya (UPC), así como otras actividades formativas que impulsa. La regulación académica de los estudios de formación permanente de la UPC está recogida en el Acuerdo CG/2025/02/35, de 25 de marzo, del Consell de Govern, por el cual se aprueba la actualización de la modificación de la normativa de los estudios de formación permanente. Y los artículos 36 y 37 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el cual se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. El Consell Social de la UPC aprueba el precio de los estudios de formación permanente, así como los descuentos, las ayudas y los servicios accesorios, de cada curso académico.
Puesta a disposición, conocimiento y aceptación de las Condiciones de Ѳٰíܱ
La lectura y aceptación de las presentes Condiciones de Ѳٰíܱ son requisito indispensable para cursar un estudio en la FPC porque constituyen las bases del contrato de prestación de servicios de formación que el participante subscribe, por vía electrónica, con la FPC. Estas Condiciones de Ѳٰíܱ están a disposición de los usuarios al Portal de Transparencia: Estas Condiciones son aplicables en todos los estudios que imparte la FPC, a excepción de los dirigidos a otras instituciones universitarias y a entes públicos y privados, que se regirán por los instrumentos jurídicos que vinculen las instituciones participantes.
Admisión y derechos de inscripción
El proceso de admisión puede requerir el pago previo de los derechos de inscripción; este importe se descontará del precio de la matrícula una vez admitida y solo serán devueltos en caso de no admisión, aplazamiento o no realización del estudio.
Ѳٰíܱ
El proceso de matrícula se formaliza con la carta de admisión del participante, esta incluye entre otros: datos del estudio, periodo de impartición, precio de la matrícula y plazos de pago. Por el anterior la fecha de la carta de admisión es en la cual se subscribe el contrato de prestación de servicios de formación regulado en estas Condiciones; con independencia que se haya producido el abono total del precio o de cualesquier de los plazos de pago acordado, indicados en la carta de admisión o informados por el asesor/a de programas, en su caso. Corresponde al participante informarse de los descuentos en el precio de la matrícula y acreditar que concurren las circunstancias pertinentes para disfrutarlos, siempre con carácter previo al acto de formalización de la matrícula; en caso contrario, no podrá disfrutarlos. Los descuentos y las ayudas no son acumulables entre ellos, salvo que no sean incompatibles y así se indique expresamente. El participante declara conocer y aceptar las convocatorias y las bases de las ayudas económicas correspondientes al actual curso académico y de las cuales ha solicitado ser beneficiario. En caso de que el estudiante no completara o renunciara en el estudio objete de ayuda, descuento o subvención en el plazo fijado en la correspondiente convocatoria o en el documento de matrícula, este tendrá que devolver a la FPC la cantidad otorgada o deducida del precio. A este participante no le será de aplicación el previsto en el apartado Cambio de matrícula de las presentes condiciones. La matrícula es personal y intransferible, de forma que una vez formalizada solo dará derecho a cursar el estudio a la persona física que haya sido identificada como persona candidata y, posteriormente, como persona admitida. El importe de matrícula podrá ser abonado total o parcialmente por terceras partes, si bien el derecho/obligación a seguir la formación corresponde al participante, sin que la parte pagadora pueda interferir o impedir en ninguno forma el ejercicio de tal derecho. El anterior, sin perjuicio del derecho de la FPC a impedir la continuidad del participante en los casos previstos en el apartado Falta de pago del importe de la matrícula previsto en estas Condiciones. El importe abonado en concepto de matrícula no será devuelto una vez iniciada el estudio, ni transcurridos 14 días naturales desde la fecha de pago. En caso contrario se podrá ejercer el derecho de desistimiento. Únicamente se devolverá el importe pagado en caso de que el estudio se aplace o no se realice.
A pesar del anterior, y con carácter excepcional, se producirá la devolución de matrícula si se dan las siguientes circunstancias:
- Denegación de visado: se acredita con la carta de denegación y siempre antes del inicio del estudio; y
- Enfermedad o accidente grave del participante: se acredita con certificado médico oficial, donde consta la fecha inicial de la enfermedad y el periodo previsto de convalecencia, siempre antes del inicio del estudio.
Solo en estos dos casos, la FPC devolverá el total importe abonado por el participante menos 300 euros en concepto de gastos de tramitación del expediente académico.
ǰó bonificada
La FPC no se hace responsable del desempeño de los requisitos académicos y/o administrativos para que la formación contratada pueda ser eventualmente bonificada, el participante o quien lo abona lo hace bajo su propia cuenta y riesgo y exime de toda responsabilidad e indemnidad a la FPC.
Cambio de matrícula
Las solicitudes de cambio de matrícula, sea de estudio o modalidad de impartición, se realizarán dentro de los 15 días naturales siguientes a partir de la fecha de inicio del estudio de origen. Las peticiones fuera de este plazo no serán admitidas. La admisión de la petición será evaluada y se determinará, en cada caso, su idoneidad.
Cuando la modificación comporte un incremento del precio total de la matrícula, el participante asumirá el diferencial. Cuando la modificación suponga una disminución del precio de la matrícula, el diferencial será devuelto. Los cambios de matrícula, una vez evaluados y con independencia del resultado de la petición, tendrán un coste por el peticionario de 300 € en concepto de tramitación de expediente académico, levadura de si la modificación es debida a causas imputables a la FPC.
Devolución del importe de la matrícula
La FPC se reserva el derecho de cancelar o aplazar la realización de un estudio por falta de participantes. El participante afectado podrá optar entre realizar otro estudio o bien solicitar la devolución del importe abonado dentro del plazo de un mes a contar de la comunicación de la FPC, en caso de falta de respuesta, el importe abonado se destinará a ayudas por otros estudiantes. La FPC no realizará ninguna compensación adicional en caso de cancelación o aplazamiento de un estudio o cambios en su impartición. En caso de que la FPC realice modificaciones en el contenido del estudio, el lugar de impartición, el horario y/o la fecha de inicio, el participante no tendrá derecho a la devolución de matrícula ni a ningún tipo de compensación adicional.
Falta de pago del importe de la matrícula
La falta de pago del importe total o parcial de la matrícula en los plazos fijados podrá dar lugar a la suspensión o conclusión del servicio de formación en los términos que se indican a continuación. La FPC está facultada para realizar cuántas acciones tenga por convenientes para suspender el servicio; por una parte, en el ámbito académico mediante la suspensión del expediente académico, no permitiendo el acceso a la docencia al aulario (presencial o en línea), limitando el acceso en el campus virtual, la no evaluación de ninguno de las asignaturas y la imposibilidad de seguir con convenios de prácticas, entre otros; y por la otra, en el ámbito administrativo y legal, emprendiendo las correspondientes reclamaciones y acciones de resarcimiento. El estudiante que tenga deudas pendientes de pago con la FPC o no haya aprobado todos los créditos necesarios para superar el estudio antes de la fecha de finalización del mismo no podrá obtener el título o certificado, en su caso. Las personas con importes pendientes de abono a la FPC, no podrán cursar ningún nuevo estudio impartido por la FPC hasta el pago del importe pendiente. Finalmente, la FPC se reserva el derecho a suspender definitivamente la matrícula (baja de oficio), sin obligación de devolver ningún importe, en los siguientes casos:
- Falta de veracidad y/o validez de los datos y la documentación aportadas y no respondida a los requerimientos de documentación;
- Impago del importe parcial o total de la matrícula en los plazos acordados; y
- Realización de cualesquier comportamientos, expresión o contenido difamatorio, ilegal, ofensivo o que atente contra los valores y dignidad de las personas (profesorado, participantes, personal de gestión, etc.) o contra la buena imagen y reputación de la FPC, ya se produzcan en entornos físicos como virtuales, incluidas las redes sociales.
Sin perjuicio de la graduación de la falta que eventualmente se fije en el reglamento de régimen interior del estudiantado de formación permanente.
Derecho de desistimiento
El participante de un estudio podrá ejercer su derecho de desistimiento durante un periodo de 14 días naturales contados a partir de la fecha de formalización de la matrícula y siempre que el estudio no se haya iniciado. Por el anterior, el participante, con la lectura y la aceptación de estas Condiciones, queda informado que el inicio del curso o durante su realización deja sin aplicación el derecho de desistimiento, de conformidad con el establecido en el artículo 103 a) de la Ley 3/2014 del 27 de marzo, por la cual se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2007, del 16 de noviembre, y normativas concordantes.
貹پó
El lugar y/o fecha de impartición puede cambiar por razones académicas (cambios y adaptaciones de calendario, necesidades de recursos docentes adicionales, etc.) y de organización y logística (adecuación de espacios). Así, se velará para que los anteriores cambios se informen a los participantes con un mínimo de 15 días naturales antes del inicio del estudio. Los cambios puntuales y temporales se avisarán con la debida antelación.
Derecho a título/certificado
La superación de los estudios de máster de formación permanente, diploma de especialización o diploma de pericia mujer derecho a la obtención de un título, expedido por el rector o rectora de la Universidad, para estudiantes con un título universitario previo equivalente al nivel 2 de Marc español de calificaciones para la educación superior (MECES), según un modelo normalizado. Los estudiantes y las estudiantes que no acrediten que poseen el título universitario tienen derecho a obtener un certificado de la FPC, según un modelo normalizado. Los estudios de corta duración, con una carga lectiva inferior a 15 créditos ECTS, dan derecho a la obtención de un certificado expedido por la FPC, según un modelo normalizado; aun así, si entre estos estudios hay las denominadas microacreditaciones, se obtiene una acreditación digital emitida por la Universidad con reconocimiento en los países participantes en el Europass o equivalente. Los títulos son expedidos en catalán e inglés y, a solicitud del estudiante, en castellano e inglés. En el caso de las titulaciones conjuntas, la expedición se tiene que ajustar al que prevea el acuerdo de colaboración correspondiente.
Acreditación de la titulación universitaria
En caso de no presentar la documentación requerida dentro del plazo de 30 días naturales al inicio de la actividad formativa en aquellas titulaciones que lo requieran, o esta no sea auténtica y/o suficiente, no se procederá a la expedición del título, aunque el participante haya superado el estudio.
Resolución de controversias
Los servicios de formación que la FPC presta, están, en todo caso, sujetas a derecho privado, cualquier interpretación o divergencia derivada de estas Condiciones corresponde a la FPC. En caso de falta de acuerdo, la divergencia que se plantee estará sujeto al derecho privado y los tribunales de la ciudad de Barcelona de la jurisdicción civil ordinaria, con renuncia exprés a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.
Pertenencias en caso de robo
Ni la FPC ni su personal será responsable de ninguna pérdida, daño o sustracción de cualesquier tipos de objetos personales o análogos que lleven los participantes u otros usuarios puntuales de las instalaciones, que tendrán que prestar especial atención a sus pertenencias en todo momento.
Organización de la docencia ante situaciones excepcionales
La FPC organiza la docencia en un entorno flexible que permite adaptarse a cualquier situación sobrevenida que pudiera acontecer, en cualquier caso, así como a las normas que pudieran establecer las autoridades. Si en cualquier momento las autoridades (universitarias, sanitarias o de cualquier otro ámbito competente) recomiendan limitar al máximo la docencia presencial, la FPC, en coordinación con estas autoridades, tomará las medidas necesarias para aplicar esta recomendación, y, como consecuencia, la actividad docente podrá llegar a ser en formato 100% en línea durante el periodo para el cual se haya establecido en la recomendación pertinente, sin que sea necesario que se decrete un estado de alarma y/o la suspensión de la actividad lectiva presencial y/o medidas formales de confinamiento o de restricción de movilidad.
Barcelona, 31 de julio de 2025